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CORONAVIRUS

PERÚ. GOBIERNO DECRETA DÍAS DE SALIDAS DIFERENCIADOS PARA HOMBRES Y MUJERES

El presidente de la República, Martín Vizcarra, anunció el jueves, 2 de abril, una nueva medida para frenar el avance del COVID-19 en el Perú. Apelando un control más sencillo por división natural, el Gobierno decretó normativa que divide en dos solo a la población que necesite circular por las calles para abastecerse de víveres: los hombres podrán salir lunes, miércoles y viernes; las mujeres, martes, jueves y sábado; y el domingo la inmovilización social obligatoria es para todos los ciudadanos en el territorio nacional durante todo el día. Este será un “segundo martillazo” para reducir contagios de coronavirus, según el jefe de Estado.

Sobre número de infectados y fallecidos:

El Gobierno confirmó, a las 00:00 horas del jueves, 2 de abril, las personas infectadas por el coronavirus en el país se elevaron a 1,414 casos. Informó que se han realizado 16,518 pruebas, de las cuales 15,104 fueron negativas al COVID-19; y 1,414, positivos. El orden actual es de 8.5% de pruebas positivas respecto al total de muestras. Entre los casos confirmados con el virus, 189 se encuentran hospitalizados y, entre ellos, 51 en cuidados intensivos. Las regiones de donde provienen la mayoría de los casos infectados son Lima (1,059), Loreto (72), Callao (40), Cusco (38) y Lambayeque (37).

Además, el Ministerio de Salud (Minsa) confirmó el jueves, 02 de abril, la muerte de otras nueve personas a causa del COVID-19, con lo que se eleva a 55 el número de fallecidos consecuencia del virus en el Perú.

Sobre medida de salida diferenciados para hombres y mujeres:

Esta restricción estará vigente desde el viernes, 3 de abril, hasta el domingo, 12 de abril, día que también será el final de la ampliación del estado de emergencia que implica aislamiento social obligatorio e inmovilización entre las 08:00 y las 05:00 horas; y esta medida es solo aplicable a las personas que no cuenten con pase laboral, es decir, personas que salgan a las calles con el fin de adquirir víveres o productos farmacéuticos. Eventualmente, se exceptúa a aquellas personas que deban circular para el cobro de cualquiera de los beneficios pecuniarios otorgados por el Gobierno en el marco de la emergencia nacional, así como para el cobro de pensiones en las entidades bancarias. Además, se anunció que es obligatorio el uso de mascarilla para circular por las vías de uso público. Así mismo, para la aplicación y control de la presente disposición queda prohibido cualquier tipo de discriminación:

“Nuestro Gobierno es inclusivo, no tengan ningún temor. Cuando hablamos de varones y mujeres no estamos solamente tomando en cuenta una mentalidad de uno u otro. Dentro de una igualdad de género, en su concepto más grande, puede haber ciudadanos que se encuentran en otro tipo, según sus sentimientos. Las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional van a tener instrucciones para que esto no sea pretexto de ninguna medida de carácter homofóbico, nuestro Gobierno es inclusivo y las normas que damos son pensando en absolutamente toda la ciudadanía", enfatizó el jefe de Estado.

Cabe destacar que los domingos, a partir de la fecha, los mercados, supermercados, farmacias y bancos no abrirán sus puertas, así lo advirtió el ministro del Interior, Carlos Morán, quien precisó que no hay excusas para salir de sus casas los domingos, porque ese día no habrá esos servicios.

El mandatario explicó que se tomó esta decisión luego de consultar al Ministerio del Interior y al Ministerio de Defensa, ya que resulta más sencillo realizar un control entre hombres y mujeres sin acercarse a los ciudadanos. La alternativa de limitar la salida por números pares e impares en los DNI (difundida en la ciudadanía días atrás) iba en contra del principio de distanciamiento social recomendado para evitar contagios de coronavirus.

Asimismo, explicó que se busca implementar un “segundo martillazo” a la curva de contagios de COVID-19 para mantener las cifras de personas afectadas dentro del margen de atención de las 500 camas UCI con las que se contará a nivel nacional. De continuar la tendencia actual del doble de casos cada 5 días, se podrían registrar muertes porque se sobrepasaría la capacidad de atención del sector salud.

Martín Vizcarra mostró este gráfico para explicar el "segundo martillazo" para pasar de la curva azul a la curva verde y evitar fallecidos por falta de atención.

Desglose de Normas Legales publicada por Edición Extraordinaria, 2 de abril de 2020, vía Portal del Diario Oficial El Peruano:

Las medidas que ha tomado el presidente Martín Vizcarra para enfrentar el COVID-19 están contenidas en el Decreto Supremo (DS) N.º 057-2020-PCM.

Edición Extraordinaria de Normas Legales del Poder Ejecutivo (enlace) [cuadernillo completo]

  1. DECRETO SUPREMO: D.S. N.º 057-2020-PCM.- Decreto Supremo que modifica el Artículo 3 del Decreto Supremo N.º 051-2020-PCM, que prorroga el Estado de Emergencia Nacional declarado mediante Decreto Supremo N.º 044-2020-PCM, por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del COVID-19 (enlace) [cuadernillo individual]

 

DECRETA:

Artículo 1.- Incorporación de numeral 3.8 al artículo 3 del Decreto Supremo N.º 051-2020-PCM

Incorpórese el numeral 3.8 al artículo 3 del Decreto Supremo N.º 051-2020-PCM, que queda redactado de la siguiente manera:

“Artículo 3.- Inmovilización Social Obligatoria (…)

3.8 Para la adquisición de víveres o productos farmacéuticos, solo está permitido el desplazamiento de una persona por núcleo familiar. Los días lunes, miércoles y viernes únicamente podrán transitar personas del sexo masculino y los martes, jueves y sábados las personas del sexo femenino. Asimismo, el día domingo, la inmovilización social obligatoria es para todos los ciudadanos en el territorio nacional durante todo el día. Para la aplicación y control de la presente disposición, queda prohibido cualquier tipo de discriminación.

Se exceptúa de lo dispuesto en el presente numeral a aquellas personas que deban circular para el cobro de cualquiera de los beneficios pecuniarios otorgados por el Gobierno en el marco de la Emergencia Nacional, así como para el cobro de pensiones en las entidades bancarias. Es obligatorio el uso de mascarilla para circular por las vías de uso público.”

Piezas gráficas de la normativa:

Resumen gráfico de las principales medidas, mostrado a continuación:

Vídeo de anuncio a la Nación:

A fin de ver el anuncio a la Nación completo, acceder al enlace o seleccionar imagen.

Descargue documento completo en el siguiente enlace

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